El 25 de abril de 2014, las autoridades de la Central Indígena de Comunidades Originarias de Lomerío (CICOL) y de la Asamblea Autonómica de Lomerío, provincia Ñuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz, solicitaron al SIFDE la revisión en gabinete del proceso de acceso a la autonomía indígena originaria campesina de base territorial. El SIFDE verificó el cumplimiento de la expresión de voluntad en consulta para acceder a la autonomía indígena, la conformación del Órgano Deliberativo y la aprobación del Estatuto Autonómico de la Nación Monkoxí de Lomerío, y la Sala Plena del TSE ratificó mediante resolución el cumplimiento de normas y procedimientos propios para el acceso a la AIOC.
Informes AIOC vía territorio
En 2009, autoridades de la Nación Cabineña expresaron su voluntad de constituir su Autonomía Indígena Originario Campesina tomando como base geográfica el Territorio Indígena Originario Campesino (TIOC) en la comunidad indígena de Baketi, en el departamento del Beni, y solicitaron al TSE la supervisión de la consulta por normas y procedimientos propios para el acceso a la AIOC y la conformación de su Órgano Deliberativo. En su informe de actuación en campo, el SIFDE confirmó que el proceso se realizó de acuerdo a la convocatoria, con la participación de 16 comunidades que integran el territorio cabineño y cumpliendo con el quórum establecido en el Estatuto. La Sala Plena del TSE aprobó mediante Resolución el informe de actuación de campo, que verifica el cumplimiento de la expresión de voluntad en consulta para acceder a la AIOC y la conformación del Órgano Deliberativo en aplicación de sus normas y procedimientos propios.
El 29 de octubre de 2016, el Consejo Estatuyente de Corque Marka solicitó al TSE la supervisión del acto de aprobación del proyecto de Estatuto Autonómico de Corque Marka del departamento de Oruro. El proyecto de 101 artículos y cuatro disposiciones transitorias fue aprobado por el Directorio del Consejo Estatuyente el 26 de noviembre de 2016, en aplicación a sus normas y procedimientos propios y con el quórum establecido (39 estatuyentes, 24 hombres y 15 mujeres).
El 4 de noviembre de 2016, las autoridades del Jatun Ayllu Yura solicitaron al TSE acompañamiento a la consulta de acceso a la Autonomía Indígena del Ayllu, ubicado en el municipio de Tomave. El cabildo, máxima instancia de deliberaciones y decisiones, decidió el 26 de noviembre de 2016 que el Jatun Ayllu Yura se constituya en Autonomía Indígena Originaria Campesina. El proceso se desarrolló de acuerdo a normas y procedimientos propios y se cumplió con la participación mayoritaria del 50% más 1 de las y los representantes de las comunidades convocadas, señala el informe de actuación en campo del SIFDE.
El 6 de noviembre de 2013, la Subcentral del Territorio Indígena Multiétnico (TIM) 1 solicitó al OEP la supervisión del proceso de acceso a la Autonomía Indígena Originario Campesina (AIOC). Entre el 10 y 12 de diciembre de 2016, 18 asambleístas mujeres y 18 hombres de diferentes comunidades aprobaron el proyecto de estatuto del TIM-1 con 2/3 de apoyo en la población de San Ignacio de Moxos. Todo el proceso fue avalado mediante Informe técnico OEP-TSE-SIFDE N. 411/2016.