La mayoría de los habitantes del municipio Gutiérrez ubicado en la provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz aprobó la conversión de su municipio en Autonomía Indígena Originaria Campesina (AIOC) en el referendo de estatutos autonómicos y cartas orgánicas de 2016. En la oportunidad, el 63% de los electores se pronunció a favor de la conversión y 36,8 votó en contra.
En el Referendo autonómico del 6 de diciembre del año 2009, los habitantes de Salinas de Garci Mendoza del departamento de Oruro decidieron que su municipio adopte la condición de Autonomía Indígena Originario Campesina (AIOC), y el 11 de septiembre del año 2017 las autoridades titulares solicitaron al TSE la supervisión a la conformación del Órgano Deliberativo, la misma fue supervisado por el SIFDE en fecha 2 de octubre y aprobado Mediante RESOLUCIÓN TSE-RSP-ADM N° 0487/2017 del 8 de noviembre de 2012, en la que se determina aprobar la conformación del Órgano Deliberativo de la AIOC de Salinas de Garci Mendoza según sus normas y procedimientos propios.
A nueve años de haber decidido su acceso a la autonomía indígena, los Jach’a Mallkus de la Marka de Ayllus y Comunidades Originarias de Arax Suxta Jesús de Machaca (Macoas) y de la Marka de Ayllus y Comunidades Originarias de Jesús de Machaca (Macojma) posesionaron a las y los representantes al Órgano Deliberativo que se encargará de trabajar el proyecto de Estatuto autonómico indígena de Jesús de Machaca, en La Paz. El Órgano Deliberativo está compuesto por 21 representantes titulares y 2 suplentes de Macoas y 40 representantes titulares de Macojma, haciendo un total de 61 representantes titulares y dos suplentes.
El 25 de abril de 2014, las autoridades de la Central Indígena de Comunidades Originarias de Lomerío (CICOL) y de la Asamblea Autonómica de Lomerío, provincia Ñuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz, solicitaron al SIFDE la revisión en gabinete del proceso de acceso a la autonomía indígena originaria campesina de base territorial. El SIFDE verificó el cumplimiento de la expresión de voluntad en consulta para acceder a la autonomía indígena, la conformación del Órgano Deliberativo y la aprobación del Estatuto Autonómico de la Nación Monkoxí de Lomerío, y la Sala Plena del TSE ratificó mediante resolución el cumplimiento de normas y procedimientos propios para el acceso a la AIOC.
En 2009, autoridades de la Nación Cabineña expresaron su voluntad de constituir su Autonomía Indígena Originario Campesina tomando como base geográfica el Territorio Indígena Originario Campesino (TIOC) en la comunidad indígena de Baketi, en el departamento del Beni, y solicitaron al TSE la supervisión de la consulta por normas y procedimientos propios para el acceso a la AIOC y la conformación de su Órgano Deliberativo. En su informe de actuación en campo, el SIFDE confirmó que el proceso se realizó de acuerdo a la convocatoria, con la participación de 16 comunidades que integran el territorio cabineño y cumpliendo con el quórum establecido en el Estatuto. La Sala Plena del TSE aprobó mediante Resolución el informe de actuación de campo, que verifica el cumplimiento de la expresión de voluntad en consulta para acceder a la AIOC y la conformación del Órgano Deliberativo en aplicación de sus normas y procedimientos propios.